EL PROCURADOR DEL COMÚN DA LA RAZÓN, EN PARTE, A BIERZO AIRE LIMPIO.

Sobre las zonas de exclusión en proyectos eólicos y fotovoltaicos

El Procurador del Común ha estimado parcialmente nuestra queja presentada frente a la Junta de Castilla y León por el incumplimiento de la normativa estatal en materia de despliegue de energías renovables.

📄 Adjuntamos a esta entrada la resolución íntegra.

¿Qué denunciábamos?

En marzo de 2023 presentamos una queja formal por la falta de aplicación efectiva de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, especialmente en lo relativo a:

  • La zonificación de sensibilidad y exclusión.
  • El principio de menor impacto ambiental.
  • La protección de Montes de Utilidad Pública como sumideros de carbono.
  • La falta de coordinación real con el Ministerio en la elaboración de mapas.
  • La aprobación de Declaraciones de Impacto Ambiental favorables en zonas que la propia Junta califica como de exclusión.

¿Qué reconoce el Procurador?

El Procurador del Común constata deficiencias en la respuesta administrativa y aprecia insuficiencias en la forma en que se ha abordado la zonificación y su aplicación práctica, en particular, problemas de coordinación entre cartografías estatal y autonómica y necesidad de reforzar la seguridad jurídica en la aplicación de criterios de exclusión.

Importancia de Montes de Utilidad Pública y sumideros de carbono como zona de exclusión

Recordamos que la ley estatal otorga especial relevancia a los sumideros de carbono, especialmente forestales. La transición energética no puede realizarse a costa de debilitar precisamente los ecosistemas que combaten el cambio climático.

El Procurador del Común consideró en el documento adjunto que la Ley de Montes de Castilla y León refuerza “el estatus de los montes de utilidad pública como sumideros de carbono” (según las propias palabras del Procurador del Comñun), en respuesta a nuestra queja. Estima que la modificación del artículo 104 bis de la Ley de Montes autonómica supone este reconocimiento de los montes y masas arboladas como sumideros de carbono, y criterio de exclusión de proyectos tanto eólicos como renovables, siguiendo el mandato del art. 26 de la referida ley estatal.

Recomienda un desarrollo reglamentario más exhaustivo y mayor coordinación entre el Estado y la Comunidad autónoma para la zonificación que prescribe la Ley.

¿Qué implica esta resolución?

La intervención del Procurador supone:

  • Un respaldo institucional a la necesidad de mayor rigor.
  • Un reconocimiento de los Montes de Utilidad Pública y de los sumideros de carbono que constituyen las masas forestales, como criterios de exclusión.
  • Un llamamiento a mejorar la planificación y la aplicación práctica de la ley.

Seguiremos vigilantes, constructivos y propositivos.

Porque el Bierzo no puede ser zona de sacrificio.

📎 Puedes descargar aquí la resolución completa del Procurador del Común.

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